
ÁREAS DE PRÁCTICA
DERECHO DE FAMILIA
El derecho de familia es el conjunto de normas e instituciones jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran la familia.
Tradicionalmente se ha considerado que el derecho de familia es una rama del derecho civil; sin embargo, puesto que este último se estructura sobre la base de la persona individual y dado que habitualmente se ha estimado que las relaciones de familia no pueden quedar regidas solo por criterios de interés individual y la autonomía de la voluntad, en la actualidad gran parte de la doctrina considera que es una rama autónoma del derecho, con principios propios.
Sin embargo, para considerarse autónoma, es necesario que se den tres supuestos: la independencia doctrinal, la independencia legislativa y la independencia judicial.
-
Redacción y revisión de contratos
-
Separaciones, divorcios, nulidades civiles
-
Parejas de hecho, filiación
-
Patria potestad, alimentos y régimen de guarda y custodia
-
Nulidades civiles
-
Redacción de convenios y capitulaciones matrimoniales
-
Incapacidades menores
-
Testamentos, herencias
-
Propiedad horizontal
-
Comunidades de bienes
DERECHO PENAL
El derecho penal es la rama del derecho público que regula la potestad punitiva (ius puniendi) del Estado. El derecho penal asocia a la realización de determinadas conductas, llamadas delitos, penas y medidas de seguridad como consecuencias jurídicas.
El Derecho Penal es una agrupación de normas que regulan los tres pilares del debido proceso, con la finalidad principal de la aplicación de las leyes de fondo, o derecho sustancial.
-
Asistencia al detenido
-
Violencia contra la mujer y en el ámbito familiar
-
Derecho Penitenciario y permisos.
-
Acusación y defensa en todas las instancias, recursos ordinarios y extraordinarios
-
Redacción e interposición de denuncias y querellas
-
Accidentes de Tráfico con lesiones, daños, fallecimientos, acusación y defensa penal, reclamación de responsabilidades civiles dimanantes de estos procedimientos.
-
Robos, hurtos, estafas, apropiaciones indebidas, falsedades, usurpaciones, malversaciones de caudales públicos, receptaciones, alzamiento de bienes, insolvencias punibles.
-
Delitos societarios
-
Delitos contra la libertad sexual
-
Delitos informáticos
-
Lesiones imprudentes y dolosas, homicidios y asesinatos, daños dolosos
-
Imprudencia profesional grave
DERECHO CIVIL
El derecho civil es la rama del derecho privado que regula las principales relaciones civiles de las personas. Tradicionalmente es la rama del derecho que regula el estado civil de las personas, las relaciones familiares, la propiedad y los demás derechos reales, las obligaciones y contratos, y las sucesiones.
El derecho civil se divide en cuatro grandes ramas: la parte general (el derecho subjetivo en general, la nacionalidad, el domicilio, la adquisición y extinción de la personalidad civil), el derecho de obligaciones y contratos (responsabilidad contractual y extra contractual y régimen jurídico general y especial de las obligaciones y los contratos), los derechos reales (propiedad y posesión, derechos reales de goce, de adquisición preferente y de garantía, con especial atención al derecho hipotecario) y el derecho de familia y las sucesiones (regulación del matrimonio, relaciones entre los progenitores y los hijos, derecho de alimentos, herencias y distintos modos de suceder).
-
Representación y defensa en todo tipo de procedimientos
-
Transacciones y negociaciones
-
Redacción y revisión de contratos
-
Derechos reales, propiedad, posesión y su protección, servidumbres, arrendamientos urbanos etc.
-
Derecho de obligaciones
-
Reclamaciones de cantidad
-
Derecho hipotecario.
DERECHO ADMINISTRATIVO
El derecho administrativo es la rama del derecho público que regula la organización, funcionamiento, poderes y deberes de la Administración pública y las consiguientes relaciones jurídicas entre la Administración y otros sujetos.
En otras palabras, el derecho administrativo es aquel que comprende la organización y el funcionamiento de toda forma de administración pública. Por extensión, suele ser también aplicable a la actuación materialmente administrativa de los demás poderes del Estado y de todos esos entes del sector público. Y todo ello, desde la doble perspectiva de procurar la eficacia de las Administraciones pero también garantizar los derechos de los particulares en sus relaciones con ellas.
-
Representación y defensa en todo tipo de procedimientos Administrativos y Contencioso Administrativos.